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394 Muertos

Los seis primeros meses han sido 394 muertos

No podemos permitir que siga subiendo la cifra año tras año.

Durante este año hemos incrementado un 18% más de acidentes y muertes laborales frente a los años anteriores. 

60 muertes más que 2021 y dicho incremento se reparten en industria, construcción y agrario (donde incluye a nuestros pesqueros).

Es importante comprender la necesidad de formación tanto por parte de la empresa así como del personal.

Entender que no es un mero tramite, sino que nos jugamos nuestra vida y la de los demás.

La prevención de riesgos laborales no puede cumplir su objetivo sin la implicación de los difrentes agentes involucrados.

Es una necesidad para cada empresa contar con la formación necesaria de prevención, garantizando a sus trabajadores el bienestar.

No podemos seguir obteniendo dichos resultados. 

Somos vulnerables a un ecosistema que carece de comprender la importancia de nuestra especialización.

manipulación del amianto
Amianto
Un verano accidentado

«Accidente de trabajo»: en la metodología EEAT se define como un suceso aislado durante el trabajo que ocasiona daño físico o mental. Por «durante el trabajo» se entiende «mientras se realiza una actividad profesional o durante el tiempo que transcurre en el trabajo».

En Asturias este verano hemos tenido que lamentar el accidente en Noreña, donde las normas de prevención fueron saltadas sin consideración.

A todo ello el cambio climático a convertido para muchos trabajadores un riesgo que debe de buscar nuevas normativas.

Curso básico de prevención de riesgos laborales.

PRL

El curso, homologado por la Fundación Metal para la Formación, la Cualificación y el Empleo se ha desarrollado durante este mes de marzo en las instalaciones de la empresa en Leganés, para la empresa Mantenimiento Instrumentación Productos Electrónicos, S.A. (MIPELSA)

El curso habilita a los poseedores a actuar como recurso preventivo en obras de construcción.

La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, conforme a lo estipulado en la Ley 54/2003, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos:

a) Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo.

b) Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales.

c) Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.

Retirada del Amianto
Amianto

Excopren informa

Amianto

Para ayudar al empresario a cumplir con las obligaciones legales en materia de manipulación de productos que contienen amianto, recogidos en el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto, GRUPO EXCOPREN CONSULTORES está en disposición de ofrecerles los siguientes servicios:

Formación a los trabajadores conforme a la norma UNE 17370

Planes de Trabajo por Riesgo por Amianto

Nuestros Clientes
Nuestros servicios

FRATERNIDAD MUPRESPA

Nos ha contratado un servicio de coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución de las obra de adecuación.

El plazo de ejecución estimado es de unos seis meses.

La labor del coordinador comprende:

  • Revisión y aprobación del plan de seguridad y salud presentado por la contrata,  ELECNOR
  • Impartición de instrucciones a pie de campo.
  • Celebración de reuniones de seguridad
  • Autorización de entrada a las diferentes empresas, maquinaria y trabajadores, tras comprobar que todos ellos cumplen con sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Nuestros servicios

Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre (SEITT)

Servicios de consejero
de seguridad para el transporte por carretera de mercancías peligrosas.


SEITT es una sociedad mercantil estatal creada al amparo del artículo 166.2 de la Ley 33/2003,
de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas y por Acuerdo del Consejo
de Ministros del 29 de julio de 2005 y fue constituida el 30 de noviembre de 2005.

Las labores principales que ejerceremos como consejeros de la SEITT serán las de la realización:

  • Resumen anual
  • Informe técnico de evaluación 
  • Formación para sus trabajadores.
Inscripciones Abiertas para presentar informe del Consejero de Seguridad

Plazo abierto

Consejero de Seguridad

Las empresas sujetas a la obligación de nombrar un consejero de seguridad para las operaciones con mercancías peligrosas han de elaborar y presentar el preceptivo informa anual antes del 31 de marzo.

El contenido de dicho informe está especificado en la Orden FOM/606/2018 de 25 de mayo, sobre el contenido del informe anual para el transporte de mercancías peligrosas por carretera.

Básicamente, el informe debe dar respuesta a los siguientes epígrafes:

  • Identificación de la empresa y del consejero de seguridad.
  • Descripción de la actividad implicada.
  • Datos específicos para empresas cargadoras, embaladoras o llenadoras.
  • Datos específicos para empresas descargadoras.
  • Datos específicos para empresas de transporte.
  • Relación de sucesos notificados, ocurridos durante el año, ya sea durante el transporte o durante las operaciones de carga o descarga.
  • Relación de visitas realizadas a los centros de trabajo.
  • Formación.
  •  

Las obligaciones en materia de transporte por carretera de mercancías peligrosas están recogidas en el Real Decreto 97/2014 de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español.

Grupo Excopren Consultores está capacitado para ofrecer sus servicios como consejeros de seguridad para el transporte por carretera de mercancías peligrosas, en todo el ámbito del Estado español y en todas las especialidades.

Semana Europea para la Seguridad y Salud en el trabajo

Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

Fecha

Desde el 25 de octubre hasta el 29 inclusive puedes participar en un evento Europeo.

Situación actual

Millones de trabajadores en toda Europa padecen trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo (TME). Aproximadamente tres de cada cinco trabajadores de la Unión Europea comunican sufrir TME, de acuerdo con los datos de la sexta Encuesta Europea sobre las condiciones de trabajo.

Que es TME

Los TME de origen laboral son alteraciones que sufren las estructuras corporales como los músculos, articulaciones o tendones, causadas o agravadas fundamentalmente por el trabajo o los efectos del entorno laboral inmediato. Pueden deteriorar significativamente la calidad de vida y la capacidad laboral de una persona, y constituyen una de las causas más comunes de discapacidad, baja por enfermedad y jubilación anticipada.

¿Quién debe implicarse?

Es esencial que todas las partes colaboren.Los tipos más comunes de TME relacionados con el trabajo son el dolor de espalda y los dolores en las extremidades superiores. Esto es un motivo de preocupación no solo por sus efectos sobre la salud de los trabajadores individuales, sino también por su impacto perjudicial en las empresas y las economías nacionales. Es esencial que todas las partes colaboren en la prevención de los TME en el lugar de trabajo. La colaboración entre empresarios, directivos y trabajadores genera una comprensión común del problema y conduce a mejoras duraderas.

¿Cómo puede gestionarse?

Los TME pueden prevenirse y gestionarse: ✏️ Evaluación de los riesgos en el lugar de trabajo ✏️ Combinación de medidas preventivas para eliminar/controlar los riesgos ✏️ Fomentar la participación de los trabajadores en la identificación de los riesgos de TME

CARRETILLAS ELEVADORAS
Hablamos de la Norma UNE 58451

Carretilla Elevadora

«No todas las carretillas son aptas para todo tipo de aplicaciones. Con la carretilla adecuada ganamos tiempo y reducimos el riesgo de sufrir accidentes laborales. Es por este motivo que es conveniente conocer la oferta de carretillas elevadoras del mercado. A través de un análisis de sus características y prestaciones podremos determinar cuál es la que mejor se ajusta en cada caso, y, así, mejorar la gestión el almacén

Así nos lo comenta:

Jorge Luna

Product Manager en Toyota Material Handling España.

 

Pero comencemos desde el principio…¿Qué es una carretilla elevadora?

José Ángel Marquez Méndez  explica que una carretilla elevadora es un equipo de trabajo móvil contrapesado que, generalmente
mediante horquillas u otros accesorios similares, se utiliza para subir, bajar y transportar palés, contenedores y otras cargas.

CONFORME A UNE 58451

LOS TIPOS DE CARRETILLA ELEVADORA EXISTEN SON:

CATEGORÍA 1


Tipo 1. Transpaletas y otros vehículos similares, con mando por timón, con operaciones de elevación inferiores a 0,5 m, y operador acompañante que ocasionalmente puede ser transportado.


Tipo 2. Carretillas transportadoras y tractores, en los que no existen operaciones de elevación.


Tipo 3. Carretillas con operación de elevación a más de 0,5 m con mando por timón y operador
acompañante que ocasionalmente puede ser transportado (apiladores).


CATEGORÍA 2


Tipo 4. Carretillas elevadoras de mástil con carga en voladizo.


Tipo 5. Carretillas elevadoras de alcance variable o de brazo telescópico.


Tipo 6. Carretillas elevadoras de mástil retráctil.


Tipo 7. Carretillas de almacenaje de gran elevación, incluyendo aquellas en que el operador se
eleva junto con la carga. Recoge-pedidos de alto nivel.


Tipo 8. Carretillas montadas sobre camión.


Tipo 9. Carretillas todo terreno.

RIESGOS

DURANTE LA UTILIZACIÓN

Una utilización imprudente puede conllevar los siguientes riesgos de accidente:

  • Vuelco del equipo
  • Atropellos
  • Golpes
  • Caída de la carga.

Las principales causas de estos riesgos serían:

  • Conducción a elevada velocidad
  • Conducir con la carga elevada
  • No contar con una adecuada visibilidad
  • Mal estibado de cargas
  • etc.

Como puedes observar los motivos son variados y muchas veces los accidentes surgen por una formación inadecuada o carente.

En nuestros años de experiencia hemos encontrado en el trabajo realizado  la necesidad de conseguir el compromiso entre empresa, trabajador y formadores para crear un descenso considerable en dichos accidentes.

 

Recomendamos visualizar los video: Pudo haberse evitado

 

FORMACIÓN

REQUISITOS

Todo trabajador que vaya a utilizar una carretilla elevadora debe:

  • Contar con autorización de la empresa
  • Tener vigente su certificado de aptitud médica
  • Tener capacitación suficiente para su utilización con total seguridad.

La capacitación se obtiene con una buena formación y su utilización empleando unas buenas prácticas y rutinas durante un periodo de tiempo.

Es decir, que no basta con disponer de un diploma acreditativo.

Es preceptivo un uso continuado demostrable para acreditar la
capacitación del operador de la carretilla elevadora.

Dicha formación, conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, debe ser teórica y práctica donde debe actualizarse periódicamente.

Es conveniente familiarizarse en el empleo de los nueve tipos de máquinas descritos y repetir
la formación al menos cada 5 años.

Accidentes Laborales

Crecen los accidentes laborales

En diciembre de 2020 UGT ya preveía un ascenso en accidentes laborales para 2021. No sólo se ha cumplido sino que a pesar de los ERTES y el Teletrabajo no se ha podido mejorar.

Por eso hoy abrimos un debate que consideramos de interés y de vital importancia para todos

¿Dónde estamos fallando?

"Todos tenemos la posibilidad de evitar estos accidentes, sólo es necesario prestar atención al realizar nuestras tareas, al delegar el trabajo y el plazo de ejecución.
No cabe duda que nuestra responsabilidad también es recibir una formación adecuada para fomentar un trabajo en equipo responsable."
José ángel márquez
Director General
Prensa Accidentes Laborales

¿Qué nos dice la prensa?

2020 saltó la alarma de crecimiento de muertes por accidentes laborales, a pesar de la situación que vivimos con el estado de alarma. (Leer más: RTVE 28/04/21)

UGT tampoco veía mejoras para 2021 siendo poco optimista (Leer más:Europa press 31/12/20)

En la mitad de 2021 ya llevamos 334 personas fallecidas, lo cual hace una pequeña mejoría sin embargo los accidentes han aumentado.  (Leer más: El diario.es 06/08/21)
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CAUSAS

«España adolece de un déficit preventivo en materia de seguridad laboral, algo que hace aumentar el riesgo de sufrir accidentes laborales cuando la prevención es la primera barrera», destaca la Asociación de Empresas de Equipos de Protección Individual (ASEPAL)

Las causas más habituales de lesión producidas en el entorno laboral: 

  • Lesiones musculares.
  • Choques contra objeto inmóvil.  
  • Caídas y resbalones.
  • Accidentes de tráfico en la jornada laboral o de camino al trabajo.  
  • Ansiedad por estrés laboral.

Y se ha comprobado la relación que tienen estos accidentes con ser contratos temporales.

Causas de los accidentes laborales

Información de interés

Las comunidades con mayor nivel de siniestros son Cataluña y Andalucía.

Podemos observar como va cada una de nuestra comunidades, ver las noticias vigentes, conocer las estadística actuales y anteriores, en los siguientes enlaces:

Estadística

Asturias 

Madrid

Andalucía

Cataluña

Euskadi

Castilla y León

Información sobre accidentes laborales

Ahora quiero lanzarte unas preguntas

1. ¿Qué se puede hacer desde el ámbito de la empresa?

3. ¿En qué estamos fallando?

5. ¿Consideras que el Gobierno puede apoyar ?

2. ¿Qué podemos hacer como trabajadores?

4. ¿Cómo podemos mejorar?

6. Describe alguna idea que por parte del Gobierno podría mejorar los resultados.

espero tus respuestas

Gracias por ayudarnos a mejorar